Desde el 1 de enero de 2030, el Reglamento (UE) 2025/40 de envases fija un ratio máximo de espacio vacío del 50% para el envase de agrupación, el envase de transporte y el envase de comercio electrónico: el volumen que no ocupa ni el producto ni el envase de venta que lo protege no puede superar la mitad del volumen interior de la caja. Es la concreción numérica de la obligación general de minimización de envases del artículo 10, que exige desde ya que el peso y el volumen del envase se reduzcan al mínimo necesario para cumplir su función.
Dos obligaciones distintas que conviene no confundir
El PPWR (Reglamento (UE) 2025/40, aplicable desde el 12 de agosto de 2026) regula la minimización de envases en dos niveles que actúan en momentos distintos:
La diferencia importa porque el artículo 10 ya condiciona el diseño de cualquier envase nuevo desde 2026, mientras que el límite numérico del 50% solo es exigible, para esos tres tipos de envase, a partir de 2030.
Cómo se calcula el ratio de espacio vacío
El ratio de espacio vacío se calcula como la diferencia entre el volumen total del envase y el volumen del envase de venta (o de los envases de venta) que contiene, dividida entre el volumen total del envase:
Por ejemplo, una caja de comercio electrónico con un volumen interior de 20 litros que contiene un producto envasado de 12 litros tiene un espacio vacío de 8 litros, un ratio del 40%: cumpliría el límite del 50%. Si el mismo producto se enviara en una caja de 30 litros, el espacio vacío subiría a 18 litros, un ratio del 60%, por encima del límite.
El reglamento cuenta como espacio vacío el ocupado por materiales de relleno como recortes de papel, cojines de aire, plástico de burbujas, esponja, espuma o virutas de madera: rellenar la caja con estos materiales no reduce el ratio, porque siguen contando como espacio no ocupado por el producto. Quedan fuera del cálculo el espacio necesario para gases protectores en envases alimentarios, la cámara de aire que protege al producto de daños durante el transporte, el espacio que necesita el producto para asentarse o expandirse, y el espacio reservado para etiquetas u otros elementos exigidos por otra normativa.
Qué se considera relleno y qué no
Cuenta como espacio vacíoNo cuenta como espacio vacíoRecortes de papel o cartón usados como rellenoAtmósfera protectora en envases de alimentosCojines de aire, plástico de burbujasCámara de aire para protección del producto frente a golpesEspuma, esponja o poliestireno de rellenoEspacio necesario para el asentamiento del producto durante el transporteVirutas de maderaEspacio reservado por exigencia de seguridad o de etiquetado legal
El principio que subyace es sencillo de explicar a un equipo de logística: no se puede cumplir el límite metiendo relleno en una caja demasiado grande, porque el relleno cuenta como vacío igual que el aire. La única forma de bajar el ratio es reducir el tamaño de la caja hasta ajustarla al producto, lo que en la práctica suele significar tener varios formatos de caja disponibles en vez de uno solo para todos los pedidos.
Qué documentación hay que conservar
El artículo 10 exige que el fabricante o el responsable de la puesta en el mercado pueda demostrar, con documentación técnica, que el envase cumple los criterios de rendimiento de minimización: peso y volumen mínimos necesarios para la funcionalidad, incluida la protección del producto, el proceso de fabricación, la logística, la presentación y los requisitos de accesibilidad e información. Para el ratio de espacio vacío del artículo 24, conviene conservar por formato de envase el cálculo del volumen total, el volumen del producto envasado y el ratio resultante, junto con la fecha de introducción de ese formato, de forma que se pueda demostrar el cumplimiento formato a formato y no solo de forma agregada. La Comisión debe adoptar actos de ejecución con la metodología detallada de cálculo antes del 12 de febrero de 2028, así que conviene revisar el criterio de cálculo aplicado cuando esos actos se publiquen.
Cómo encaja con la declaración de envases en España
En España, la obligación de declarar los envases puestos en el mercado y de contribuir a un sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor sigue rigiéndose por el RD 1055/2022, que regula los envases y los residuos de envases a nivel nacional. El PPWR no sustituye esta obligación de declaración y registro: la complementa con requisitos de diseño (minimización, reciclabilidad, contenido reciclado) que se aplican antes de que el envase llegue al mercado, mientras que el RD 1055/2022 regula qué ocurre con ese envase una vez puesto en circulación y al final de su vida útil. Una empresa que rediseña su envase para cumplir el ratio de espacio vacío del artículo 24 tendrá, además, que actualizar los datos que declara ante el registro de productores dentro del sistema de responsabilidad ampliada, un proceso que recorremos en la guía de declaración de envases y registro de productores.
Por qué merece la pena adelantarse a 2030
Aunque el límite del artículo 24 no sea exigible hasta 2030, rediseñar el envase de transporte y de comercio electrónico antes de esa fecha tiene un retorno que no depende de la norma: una caja ajustada al producto pesa menos, ocupa menos volumen en el camión o en la furgoneta de reparto, y reduce el coste de flete y el número de envíos necesarios para el mismo volumen de mercancía. Es el mismo principio que ya rige el ecodiseño de envases: la minimización del envase de transporte no solo reduce residuos, también reduce la parte logística de la huella de carbono del producto, y suele pagarse sola en ahorro de flete antes incluso de que el límite regulatorio entre en vigor. Para quien ya calcula la huella de carbono del packaging de su producto, ajustar el tamaño del envase de transporte es una de las palancas de reducción más directas y más fáciles de cuantificar.
Conviene además distinguir esta obligación de las restricciones a ciertos formatos de envase superfluo o de plástico de un solo uso que ya recoge el reglamento desde su aplicación general el 12 de agosto de 2026, tratadas con más detalle en la guía sobre qué obliga ya el PPWR y en el resumen del Reglamento (UE) 2025/40: el ratio de espacio vacío es una obligación adicional y posterior, no la puerta de entrada al reglamento.
Preguntas frecuentes
¿El límite del 50% de espacio vacío ya es obligatorio?
No todavía. Es exigible desde el 1 de enero de 2030 para el envase de agrupación, de transporte y de comercio electrónico. La obligación general de minimización del artículo 10 sí aplica desde el 12 de agosto de 2026.
¿Aplica el 50% también al envase de venta al consumidor final?
No. El ratio máximo de espacio vacío del artículo 24 se dirige al envase de agrupación, transporte y comercio electrónico, no al envase de venta primario, que se rige por el principio general de minimización del artículo 10 sin un porcentaje fijo.
¿Puedo cumplir el límite añadiendo más relleno a una caja grande?
No. El relleno (papel, plástico de burbujas, espuma, virutas de madera) cuenta como espacio vacío en el cálculo, así que no reduce el ratio. La única forma de cumplir es ajustar el tamaño del envase al producto.
¿Qué pasa si distintos pedidos usan tamaños de caja distintos?
El cálculo se hace por formato de envase, así que conviene documentar el ratio de cada tamaño de caja que se use, no un promedio global de todos los envíos.
¿Sigue haciendo falta declarar los envases ante el RD 1055/2022 si cumplo el PPWR?
Sí. Son dos obligaciones distintas y complementarias: el PPWR regula el diseño del envase, y el RD 1055/2022 regula su declaración y su gestión como residuo en España.
¿Quién tiene que demostrar el cumplimiento, la marca o el fabricante del envase?
La obligación del artículo 10 recae sobre el fabricante o quien pone el envase en el mercado, lo que en la mayoría de cadenas de suministro significa que la marca que vende el producto envasado necesita tener, o poder pedir, la documentación técnica a su proveedor de envases, no dar por hecho que existe en algún punto anterior de la cadena.
Adaptar el diseño de packaging a estos límites, con la trazabilidad documental que exige el reglamento, conecta directamente con nuestra solución de huella de producto.



