ESRS E3: Recursos hídricos y marinos es la norma temática medioambiental de las Normas Europeas de Informes de Sostenibilidad (ESRS) dedicada al agua y los océanos. Establece cómo deben las empresas informar sobre su consumo de agua, sus vertidos y su impacto en los recursos marinos, prestando especial atención a las zonas con estrés hídrico.
ESRS E3 forma parte del conjunto de normas que desarrollan la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y fue elaborada por EFRAG. Como toda norma temática de los ESRS, solo es obligatoria cuando el agua o los recursos marinos resultan materiales para la empresa según su análisis de doble materialidad.
La norma abarca dos grandes ámbitos:
E3 se relaciona estrechamente con la huella hídrica y la huella hídrica corporativa, que son herramientas útiles para cuantificar el agua a lo largo de la cadena de valor. También conecta con la Directiva Marco del Agua de la UE, que fija el marco normativo para la protección de las masas de agua.
Siguiendo la estructura común de los ESRS temáticos, E3 organiza la información en cuatro bloques:
La empresa debe describir cómo identifica sus impactos en el agua y los océanos y los riesgos asociados (por ejemplo, depender de fuentes en zonas de estrés hídrico), integrándolos en su análisis de doble materialidad.
Debe informar de las políticas adoptadas para gestionar el agua y proteger los recursos marinos.
La norma pide describir las acciones concretas para reducir el consumo de agua, mejorar su reutilización, tratar los vertidos y mitigar el impacto sobre los océanos.
Exige fijar objetivos y reportar métricas como el consumo total de agua, el agua captada y vertida, y el porcentaje de consumo en zonas de estrés hídrico. Estas métricas conectan con marcos como el AWARE para evaluar la escasez.
Tras el paquete Omnibus I (Directiva (UE) 2026/470, publicada en el DOUE el 26 de febrero de 2026), la Comisión Europea encargó a EFRAG una simplificación de los ESRS. El proyecto de acto delegado con los ESRS revisados se sometió a consulta pública entre mayo y junio de 2026 y reduce en más del 60% los puntos de datos obligatorios. Su aplicación está prevista a partir del ejercicio 2027, con adopción voluntaria anticipada posible ya en 2026. Hasta que el acto delegado se apruebe formalmente (previsto para finales de 2026), los ESRS de 2023 siguen siendo la referencia legal, también para E3.
ESRS E3 aplica a las empresas obligadas a reportar bajo la CSRD cuando el agua o los recursos marinos son un tema material. Tras el Omnibus, ese universo se reduce: a partir del ejercicio 2027 la obligación se concentra en empresas con más de 1.000 empleados y más de 450 millones de euros de facturación. Es especialmente relevante para sectores intensivos en agua: agroalimentario, bebidas, textil, minería, energía y químico.
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