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Divulgación de sostenibilidad en Colombia (Superintendencia Financiera)

En Colombia no existe una ley general que obligue a todas las empresas a publicar un informe de sostenibilidad. Lo que hay son circulares de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) dirigidas a los emisores de valores y a las entidades vigiladas, más un proceso de convergencia hacia las normas internacionales que todavía no ha terminado.

El dato que más se equivoca en el contenido de terceros: las NIIF S1 y S2 no son obligatorias en Colombia a agosto de 2026. El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) propone una convergencia progresiva, diferenciada e inicialmente voluntaria, y no hay decreto que las imponga.

Circular Externa 031 de 2021: revelación para emisores de valores

Expedida el 22 de diciembre de 2021, adiciona un anexo al Capítulo I del Título V de la Parte III de la Circular Básica Jurídica dedicado a la revelación de información sobre asuntos sociales y ambientales, incluidos los climáticos.

  • A quién aplica: a los emisores de valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores.
  • Qué se revela: prácticas, políticas, procesos e indicadores sobre asuntos sociales, ambientales y climáticos, evaluados con criterio de materialidad financiera.
  • Con qué referencia: las recomendaciones del TCFD y los estándares SASB.
  • Dónde y cuándo: en el informe periódico de fin de ejercicio, y en los informes trimestrales cuando haya cambios materiales.
  • Transición: los emisores debían remitir un plan de implementación, y el régimen de transición llevó al cumplimiento pleno en 2024.

Una precisión útil sobre las referencias: el grupo de trabajo del TCFD se disolvió en 2023 y sus recomendaciones quedaron integradas en la NIIF S2, mientras que los estándares SASB pasaron a depender del ISSB dentro de la Fundación IFRS. Es decir, un emisor colombiano que hoy prepara su revelación bajo la Circular 031 está trabajando, en la práctica, muy cerca de la estructura de las NIIF S.

Circular Externa 015 de 2025: gestión de riesgos, no solo revelación

Expedida el 3 de octubre de 2025, incorpora un nuevo capítulo a la Circular Básica Contable y Financiera sobre la gestión de los riesgos ambientales y sociales, incluidos los climáticos, en las entidades vigiladas por la SFC.

Exige identificar, medir, controlar y monitorear estos riesgos de forma sistemática, con elementos mínimos como un filtro inicial de aplicabilidad según el producto y el monto, la categorización de operaciones por nivel de riesgo, la evaluación del riesgo del deudor, la debida diligencia reforzada en las operaciones de riesgo alto y el reporte periódico a la junta directiva.

Los plazos: la Carta Circular 067 de 2025 fijó los elementos mínimos del plan de implementación, que debía presentarse a la SFC a más tardar el 3 de abril de 2026, con un plazo máximo de 18 meses para la implementación completa.

Aunque la circular obliga a bancos y aseguradoras, el efecto se traslada aguas abajo: si pides crédito o financiación de proyecto, tu entidad va a necesitar datos ambientales tuyos para categorizar la operación y documentar su debida diligencia.

Taxonomía verde y otras piezas

La SFC impartió instrucciones sobre la adopción de la Taxonomía Verde de Colombia mediante la Circular Externa 005 de 2022, y ha ido añadiendo normativa específica como la de bonos vinculados al desempeño sostenible y la de integración de factores ASG en la revelación de los fondos de inversión colectiva.

En qué punto están las NIIF S1 y S2 en Colombia

Este es el apartado donde más errores circulan. El estado real a agosto de 2026:

  • El 21 de febrero de 2026 el CTCP publicó su documento de direccionamiento estratégico para la convergencia hacia las normas internacionales de divulgación de información financiera relacionada con la sostenibilidad, con periodo de comentarios que se abrió hasta marzo de 2026 y después se amplió.
  • En julio de 2026 el CTCP presentó una hoja de ruta con siete etapas: diagnóstico, alcance, sensibilización, desarrollo normativo, aplicación voluntaria, evaluación y monitoreo.
  • El enfoque es de convergencia progresiva, diferenciada e inicialmente voluntaria. La primera fase contempla aplicación voluntaria por emisores de valores y entidades de interés público; solo al final del proceso el CTCP recomendaría a los ministerios si mantener el carácter voluntario o pasar a obligatorio.
  • No hay decreto que incorpore las NIIF S1 y S2 al marco normativo colombiano. El Decreto 0701 de 2026 adoptó enmiendas a normas contables (NIIF y NIC), no normas de sostenibilidad.

Conviene no confundir a Colombia con México, donde las emisoras sí tienen ya obligación de reportar con estas normas. Puedes ver el contraste en nuestro artículo sobre las NIIF S1 y S2 obligatorias para las emisoras en México.

Qué hacer si eres una empresa colombiana

Que las NIIF S no sean obligatorias no significa que no te vayan a pedir la información. Si eres emisor, la Circular 031 ya te obliga. Si no lo eres, la presión llega por tres vías: tu banco, que tiene que cumplir la Circular 015; tus clientes europeos, que necesitan datos de cadena de valor; y los fondos e inversionistas que aplican criterios propios. Construir el reporte sobre la estructura de las NIIF S1 y S2 (gobernanza, estrategia, gestión de riesgos, métricas y objetivos) es la apuesta segura porque sirve para las tres.

Preguntas frecuentes

¿Son obligatorias las NIIF S1 y S2 en Colombia?

No. A agosto de 2026 están en un proceso de convergencia liderado por el CTCP, con un enfoque inicialmente voluntario y sin decreto que las haga obligatorias.

¿A quién aplica la Circular Externa 031 de 2021?

A los emisores de valores, que deben revelar información sobre asuntos sociales, ambientales y climáticos con criterio de materialidad financiera en su informe periódico de fin de ejercicio.

¿Qué cambia con la Circular Externa 015 de 2025?

Obliga a las entidades vigiladas por la SFC a gestionar los riesgos ambientales, sociales y climáticos con un sistema formal, con plan de implementación presentado a más tardar el 3 de abril de 2026 y hasta 18 meses para implementarlo por completo.

¿Qué estándares usa hoy un emisor colombiano?

Los que fija la Circular 031: las recomendaciones del TCFD, hoy integradas en la NIIF S2, y los estándares SASB, hoy bajo el ISSB. Muchas compañías complementan con estándares voluntarios de reporte.

La parte difícil de cualquiera de estos marcos no es la narrativa, son los números y su trazabilidad. Con Manglai calculas y documentas los datos ambientales que sostienen la revelación. Empieza por la solución de huella de carbono.

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