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NCG 461 de la CMF (memoria anual integrada)

La Norma de Carácter General N° 461 (NCG 461) es la instrucción con la que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) de Chile reescribió la memoria anual de los emisores de valores. Se dictó el 12 de noviembre de 2021, sustituyó el contenido del numeral 2.1.C.2 de la Norma de Carácter General N° 30 y derogó la NCG 385 de 2015. El resultado es lo que en Chile se conoce como memoria anual integrada: un solo informe donde la información financiera convive con la de gobierno corporativo, personas, proveedores y sostenibilidad.

La NCG 461 no es un estándar voluntario de reporte: es normativa vinculante para las entidades fiscalizadas por la CMF, y su incumplimiento es materia de supervisión.

A quién aplica y con qué calendario

La norma alcanza a los emisores inscritos en el Registro de Valores que lleva la CMF. Su entrada en vigencia fue escalonada según el tamaño de la entidad, medido en activos totales consolidados calculados a la fecha de inicio del ejercicio al que se refiere la memoria y expresados en unidades de fomento.

Grupo de entidadesExigible desde
Sociedades anónimas abiertas que superen 20 millones de UF en activos totales consolidados31 de diciembre de 2022
Sociedades anónimas abiertas que superen 1 millón de UF en activos totales consolidados31 de diciembre de 2023
Sociedades anónimas especiales inscritas en el Registro de Valores, entidades que deben remitir su memoria conforme a la NCG 30 en virtud de la NCG 431, la NCG 475 o la Circular N° 991, y los demás emisores de valores31 de diciembre de 2025

El tercer grupo estaba originalmente fijado en el 31 de diciembre de 2024 y la NCG 519 lo trasladó un año, al 31 de diciembre de 2025.

Cómo y cuándo se presenta

La memoria se elabora y remite en formato PDF a través del módulo SEIL del sitio de la CMF. Además del documento, determinadas métricas se envían por separado en el formulario que la Comisión dispone en ese mismo módulo.

  • Sociedades anónimas abiertas: la memoria debe estar disponible en una fecha no posterior a la del primer aviso de convocatoria a la junta ordinaria de accionistas, y quedar a disposición de los accionistas en esa misma oportunidad.
  • Otras entidades: la memoria se remite y queda a disposición del público dentro del cuatrimestre siguiente al cierre del ejercicio anual.

La memoria también debe publicarse en el sitio web de la entidad cuando disponga de tales medios.

Qué contenido exige

El contenido mínimo se organiza en secciones numeradas. Las que más trabajo de datos generan son estas:

  • Perfil de la entidad y gobierno corporativo, incluida la composición y el funcionamiento del directorio.
  • Gestión de riesgos: la norma pide describir el marco de gestión de riesgos y, de forma expresa, los riesgos físicos y de transición referidos a cambio climático a corto, mediano y largo plazo, junto con las oportunidades, su impacto en costos operacionales, ingresos, uso de capital y acceso a financiamiento, y los escenarios utilizados si los hubo.
  • Estrategia, personas, modelo de negocios y gestión de proveedores.
  • Indicadores de cumplimiento legal y normativo, con un apartado medioambiental que exige informar los modelos o programas de cumplimiento ambiental, el número de sanciones ejecutoriadas del Registro Público de Sanciones de la Superintendencia del Medio Ambiente, el total de multas y el estado de los programas de cumplimiento y planes de reparación por daño ambiental.
  • Indicadores de sostenibilidad por tipo de industria, basados en las métricas del SASB y en la clasificación sectorial SICS.
  • Hechos esenciales, comentarios de accionistas y del comité de directores, e informes financieros.

La relación con SASB y con las NIIF S1 y S2

Aquí está el cambio más importante de los últimos años. La NCG 519, de 28 de octubre de 2024, modificó la NCG 461 en dos tiempos.

Vigente desde 2024: una sección de sostenibilidad propia

La NCG 519 creó una sección específica de sostenibilidad dentro de la memoria, con dos bloques:

  • Métricas SASB: hay que reportar las métricas materiales según el sector industrial, conforme al estándar SASB vigente al 1 de enero del año al que se refiere la memoria, usando la clasificación SICS que el directorio considere más pertinente. Cada métrica se identifica con su código SASB y, en valores monetarios, se expresa en millones de la misma moneda de los estados financieros. Si una métrica no puede estimarse, hay que explicar por qué.
  • Verificación independiente: hay que informar si un tercero ajeno a la entidad verificó la información de sostenibilidad, qué conjunto de información se sometió a esa verificación y qué estándar se usó.

Desde el 31 de diciembre de 2026: NIIF S1 y NIIF S2

La NCG 519 incorporó, con vigencia diferida, la obligación de reportar conforme a la NIIF S1, requerimientos generales para la información a revelar relacionada con la sostenibilidad, y la NIIF S2, información a revelar relacionada con el clima, ambas del ISSB, referidas al mismo periodo anual de la memoria.

Esa obligación entra en vigor el 31 de diciembre de 2026 y es aplicable a las memorias referidas al año 2026, es decir, las que se preparan durante 2027. Las entidades pueden acogerse voluntariamente antes, declarándolo de forma expresa en la memoria. En el primer periodo de aplicación rige el régimen de transición previsto por los propios estándares, que la entidad debe describir.

Un matiz que se confunde a menudo: las NIIF S1 y S2 no sustituyen a las métricas SASB en la memoria chilena. La NCG 519 coloca los estándares NIIF como un bloque nuevo y desplaza SASB y la verificación independiente a los bloques siguientes. Conviven.

Y el TCFD

El texto original de la NCG 461 mencionaba expresamente al TCFD como referencia para la gestión de riesgos climáticos. La NCG 519 sustituye esa enumeración por COSO, COBIT e ISO, coherente con que el grupo de trabajo del TCFD se disolvió en 2023 y sus recomendaciones quedaron integradas en la NIIF S2. Si tu memoria aún describe el TCFD como marco independiente al que la entidad se adhiere, conviene actualizar esa redacción.

Preguntas frecuentes

¿Qué es exactamente la memoria anual integrada?

Es la memoria anual de los emisores de valores con el contenido mínimo que fija la NCG 461, que integra en un solo documento información financiera, de gobierno corporativo, de personas, de proveedores y de sostenibilidad.

¿Desde cuándo hay que reportar con NIIF S1 y S2 en Chile?

Desde el 31 de diciembre de 2026, aplicable a las memorias referidas al ejercicio 2026. La adopción anticipada es voluntaria y debe declararse expresamente.

¿Sigue siendo obligatorio reportar métricas SASB?

Sí. Las métricas SASB materiales por sector, con clasificación SICS, se mantienen como bloque propio dentro de la sección de sostenibilidad de la memoria.

¿Exige la NCG 461 auditoría externa de la información de sostenibilidad?

No impone una verificación obligatoria, pero sí obliga a informar si se realizó, sobre qué información y con qué estándar. En la práctica eso empuja a mantener trazabilidad documental de cada dato reportado.

Si quieres el recorrido operativo, revisa nuestra guía práctica de cumplimiento de la NCG 461. En Manglai ayudamos a reunir y trazar los datos ambientales que la memoria exige. Empieza por nuestra solución de huella de carbono.

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