Guías prácticas
Paula Otero
Consultora en medio ambiente y sostenibilidad

El MITECO publica sus factores de emisión a principios de mayo de cada año, y la regla de uso es sencilla: hay que aplicar los factores correspondientes al año para el que calculas la huella y, solo si todavía no se han publicado, se pueden emplear los del último año disponible. La versión publicada en mayo de 2026 es la que incorpora los factores del año 2025, que es el ejercicio que la mayoría de empresas está cerrando ahora. La calculadora oficial de huella de carbono de organización, en su versión 17 de mayo de 2026, cubre la serie de factores de 2007 a 2025.
Suena obvio y es el error que más se repite: cargar la huella de 2025 con los factores del documento del año anterior porque es el que estaba guardado en la carpeta compartida.
El Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción mantiene un conjunto de documentos que conviene distinguir:
Antes de empezar el cálculo, apunta en tu memoria la versión y la fecha de cada documento que uses. Es lo primero que pide un verificador y lo último que suele estar escrito.
Aquí no hay margen de interpretación. El Registro establece que el cálculo de las emisiones indirectas asociadas al consumo eléctrico debe realizarse en todos los casos empleando los factores de mix eléctrico que proporciona el propio Registro, que a su vez son los que publica la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
La mecánica, paso a paso:
Esa distinción entre el factor de la comercializadora y el mix general es la que hace que dos empresas con el mismo consumo declaren emisiones muy distintas. Cómo funcionan las garantías de origen detrás de ese factor está explicado en la ficha de garantías de origen.
Los otros tres bloques donde más dudas aparecen:
| Bloque | Criterio del MITECO | Qué necesitas tener |
|---|---|---|
| Combustibles | La denominación de los combustibles sigue el Real Decreto 639/2016 | Factura con el tipo exacto de producto y los litros o kilogramos, no solo el importe |
| Refrigerantes | El tratamiento de los gases se apoya en el Reglamento (UE) 2024/573 de gases fluorados | Tipo de gas o mezcla por equipo, y los kilogramos recargados en el año según el parte del mantenedor |
| Vehículos | La categoría se basa en la clasificación de vehículos de la UNECE | Ficha técnica o permiso de circulación de cada vehículo, no la percepción de quién lo conduce |
El punto crítico en refrigerantes es la fuente del dato: la recarga anual no está en ninguna factura de energía, está en el parte de mantenimiento. Si tu proveedor no te lo entrega desglosado por equipo y por gas, pídelo por escrito antes del cierre.
Una tabla de una página resuelve la mayor parte de las preguntas del verificador. Para cada categoría de emisión, deja escrito:
Guarda esa tabla junto al fichero de cálculo, no en un correo. El detalle del proceso de inscripción y de los sellos está en la guía del registro del MITECO y los sellos Calculo, Reduzco y Compenso, y los fallos que más rechazos provocan, en el artículo sobre los cinco errores más comunes al certificar la huella de carbono con el MITECO.
El Real Decreto 214/2025 obliga a calcular la huella de carbono de alcances 1 y 2, siendo el alcance 3 voluntario, y a tener un plan de reducción con horizonte de cinco años y objetivos cuantificados. Afecta a empresas de más de 250 personas trabajadoras que sean entidades de interés público, o que superen durante dos ejercicios consecutivos 20 millones de euros de activo o 40 millones de cifra de negocios.
Dos precisiones que se confunden a menudo:
El alcance completo de esa obligación está desarrollado en el artículo sobre las obligaciones del registro de huella de carbono tras el Real Decreto 214/2025, y el reparto entre alcances, en la explicación de las diferencias entre las emisiones de alcance 1, 2 y 3.
Repasa estos siete puntos antes de dar el número por bueno. Cada uno corresponde a un fallo que aparece de forma recurrente en las revisiones:
Si alguno de estos siete puntos falla, el número puede seguir siendo aproximadamente correcto, pero no será defendible. El método completo de cálculo, desde el perímetro hasta el informe, está en la guía sobre qué es la huella de carbono y cómo se calcula.
La publicada en 2026, que es la que incorpora la serie hasta el año 2025. La regla general es usar los factores del año que calculas y, si aún no están publicados, los del último año disponible.
A principios del mes de mayo. Si cierras la huella antes, aplica la regla del último año disponible y déjalo escrito.
No si tu comercializadora aparece en el listado del Registro. En ese caso corresponde su factor específico. Si no aparece, se usa el genérico «Otras».
Las calculadoras de huella de carbono de organización cubren únicamente los alcances 1 y 2. El alcance 3 se calcula aparte.
No. La inscripción sigue siendo voluntaria para empresas privadas. Lo obligatorio es calcular alcances 1 y 2, tener el plan de reducción y publicarlo en plazo.
Puedes, pero hay que explicarlo y valorar si procede recalcular el año base para que la serie siga siendo comparable. Un cambio silencioso es una devolución segura.
Aplicar el factor correcto es fácil cuando el sistema conoce la comercializadora de cada suministro y la versión de factores vigente. Nuestra solución de huella de carbono mantiene esa correspondencia y deja registro de qué factor se aplicó a cada dato y por qué.
Paula Otero
Consultora en medio ambiente y sostenibilidad
Sobre el autor
Bióloga por la Universidad de Santiago de Compostela con máster en Gestión y Conservación del Medio Natural de la Universidad de Cádiz.
Tras colaborar en estudios universitarios y trabajar como consultora ambiental, ahora aplico mi experiencia en Manglai. Me especializo en dirigir proyectos de sostenibilidad enfocados en los Objetivos de Desarrollo Sostenible para empresas. Asesoro a clientes en medición y reducción de huella de carbono, contribuyo al desarrollo de nuestra plataforma y realizo formaciones internas. Mi experiencia combina rigor científico con aplicabilidad práctica en el ámbito empresarial.
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