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Legislación y regulación

Registro de huella de carbono: novedades del Real Decreto 214/2025

9 ABRIL, 20253 MIN
Última actualización: 3 AGOSTO, 2026
Paula Otero

Paula Otero

Consultora en medio ambiente y sostenibilidad

El Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, renueva por completo el Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono del MITECO. Deroga y sustituye al anterior Real Decreto 163/2014 e introduce, además, la obligación de calcular la huella de carbono y publicar un plan de reducción para grandes empresas y para el sector público estatal.

Se publicó en el BOE el 12 de abril de 2025 y entró en vigor el 12 de junio de 2025. A continuación repasamos las novedades clave y cómo afectan a las organizaciones.

Cálculo obligatorio de la huella de carbono y plan de reducción

La principal novedad es la obligación de calcular anualmente la huella de carbono y de elaborar un plan de reducción de emisiones con un horizonte mínimo de cinco años. Esta obligación recae sobre las organizaciones que ya deben presentar el estado de información no financiera, es decir:

  • Sociedades que formulan cuentas consolidadas y sociedades de capital con plantilla media superior a 500 trabajadores que sean entidades de interés público o grandes empresas.
  • Departamentos ministeriales, organismos autónomos y demás entidades del sector público administrativo estatal.

Ambos grupos deben publicar la huella y el plan de forma gratuita y accesible en su web. Las empresas cumplen esta obligación a través de su informe de sostenibilidad y no están obligadas a inscribirse en el registro; el sector público estatal sí debe inscribir su huella anualmente.

Huella de carbono de eventos: una nueva categoría

El texto introduce la huella de carbono de eventos, que abarca las emisiones directas e indirectas de actos como ferias, congresos o festivales. Se define el gran evento como aquel que supera los 1.500 asistentes presenciales, para el que el cálculo de huella, su verificación y, en su caso, su inscripción adquieren especial relevancia.

Integración del carbono azul y nuevos proyectos de absorción

Se amplía el concepto de sumidero para incluir el carbono azul, esto es, el carbono almacenado en ecosistemas marinos y costeros como manglares, marismas y praderas marinas. Así se abre la puerta a proyectos de absorción más diversos y alineados con la conservación de la biodiversidad.

Un registro más interoperable

La norma refuerza la interoperabilidad del registro estatal con los registros autonómicos de huella de carbono. Las comunidades autónomas con registro propio podrán integrar sus datos, siempre que sus requisitos sean compatibles, a través de un sistema coordinado por la Oficina Española de Cambio Climático, lo que reduce la carga administrativa de las empresas que operan en varias regiones.

Las tres secciones del registro

El registro se divide en tres secciones:

  • Sección a): huellas de carbono de organizaciones y eventos, junto con los compromisos de reducción.
  • Sección b): proyectos de absorción de CO₂ en territorio nacional.
  • Sección c): compensación de huella de carbono mediante absorciones verificadas.

Alcances 1, 2 y 3: integración progresiva

El cálculo debe incluir, como mínimo, las emisiones de alcance 1 (directas) y alcance 2 (indirectas por consumo de energía). El alcance 3 (otras emisiones indirectas de la cadena de valor) será obligatorio a partir del cálculo correspondiente a 2028; hasta entonces su inclusión es voluntaria, aunque recomendable cuando sea significativo.

Verificación y control de los proyectos de absorción

Las huellas de alcance 1 y 2 deben verificarse por una entidad acreditada, salvo cuando se usan factores de emisión oficiales de la Oficina Española de Cambio Climático y la huella corresponde a una pyme, asociación, fundación, cooperativa o administración pública. Los proyectos de absorción inscritos deben cumplir requisitos de seguimiento, trazabilidad y permanencia, y cualquier alteración significativa (como un incendio) debe notificarse.

Calendario: qué hay que hacer y cuándo

La obligación se aplica a partir de la huella del ejercicio 2025, que se calcula y publica en 2026. El sector público estatal inscribe en 2026 su primera huella (la de 2025). Conviene, por tanto, empezar cuanto antes a recopilar datos y a diseñar el plan de reducción.

HitoFecha
Publicación en el BOE12 de abril de 2025
Entrada en vigor12 de junio de 2025
Primera huella obligatoriaEjercicio 2025 (cálculo y publicación en 2026)
Alcance 3 obligatorioDesde el cálculo de 2028

Cómo inscribirse en el registro

La inscripción, voluntaria para las empresas, consta de tres fases:

  1. Cálculo de emisiones: inventario de GEI directas (alcance 1) e indirectas (alcance 2 y, de forma progresiva, alcance 3), con una metodología reconocida como ISO 14064 o el GHG Protocol.
  2. Verificación: cuando proceda, una entidad acreditada verifica el inventario.
  3. Inscripción en la plataforma oficial del MITECO, adjuntando la huella y, si corresponde, el plan de reducción.

Si quieres conseguir el reconocimiento oficial, consulta nuestra guía de los sellos Calculo, Reduzco y Compenso y, para el contexto completo de la norma, el artículo sobre la obligación de calcular y reducir la huella de carbono.

Para comprobar si tu organización está obligada y preparar el registro con garantías, puedes apoyarte en la solución de Manglai para el registro MITECO.


Paula Otero

Paula Otero

Consultora en medio ambiente y sostenibilidad

Sobre el autor

Bióloga por la Universidad de Santiago de Compostela con máster en Gestión y Conservación del Medio Natural de la Universidad de Cádiz.

Tras colaborar en estudios universitarios y trabajar como consultora ambiental, ahora aplico mi experiencia en Manglai. Me especializo en dirigir proyectos de sostenibilidad enfocados en los Objetivos de Desarrollo Sostenible para empresas. Asesoro a clientes en medición y reducción de huella de carbono, contribuyo al desarrollo de nuestra plataforma y realizo formaciones internas. Mi experiencia combina rigor científico con aplicabilidad práctica en el ámbito empresarial.

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