Huella de Carbono Perú es la herramienta digital del Ministerio del Ambiente (MINAM) con la que las organizaciones públicas y privadas miden, verifican y reducen sus emisiones de gases de efecto invernadero, y obtienen a cambio un reconocimiento oficial por niveles. Su uso es gratuito y voluntario. La creó el artículo 55 del Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado por Decreto Supremo 013-2019-MINAM, y su funcionamiento se detalla en la Guía aprobada por Resolución Ministerial 185-2021-MINAM.
La plataforma organiza el esfuerzo de cada organización en cuatro niveles progresivos. En la comunicación corriente se habla de “estrellas”, pero el nombre oficial en la guía es “niveles de gestión de GEI”, y cada uno se acredita con un diploma y un sello de reconocimiento que emite el MINAM.
| Nivel | Nombre | Qué acredita |
|---|---|---|
| 1 | Medición | La organización estimó y reportó sus emisiones de un periodo en la plataforma y generó el reporte automático |
| 2 | Verificación | Un organismo de evaluación de la conformidad acreditado verificó esa medición |
| 3 | Reducción | La organización redujo de forma comprobable al menos un indicador de desempeño de GEI |
| 4 | Reducción+ | Reducción sostenida, trabajo con la cadena de proveedores o neutralización de las emisiones |
Consiste en estimar y reportar las emisiones de un periodo, entendido como un año calendario. El reporte se genera de forma automática en la plataforma y se emite una constancia. El cálculo sigue la Norma Técnica Peruana NTP ISO 14064-1:2020. El periodo más antiguo que se puede reportar es el año 2010.
La organización remite por la plataforma la declaración de verificación del inventario y el informe de GEI corporativo del mismo periodo del nivel 1. La declaración debe emitirla un organismo de evaluación de la conformidad (OEC) acreditado nacional o internacionalmente bajo la NTP ISO 14065:2016, e incluir como mínimo el nombre del OEC, el periodo, los límites organizacionales y operacionales, las emisiones, las exclusiones de fuentes con su motivo y, si las hay, las acciones de mitigación. Quien ya se había verificado antes de usar la plataforma puede convalidar esa declaración mediante declaración jurada, siempre que fuentes y datos de actividad coincidan.
Exige dos cosas a la vez: haber alcanzado el nivel de Verificación en dos periodos consecutivos, con al menos una acción de mitigación implementada en el más reciente, y reducir el valor de al menos uno de los indicadores de desempeño de reducción de emisiones.
Se alcanza por cualquiera de estas tres vías:
Pueden inscribirse organizaciones privadas, entendidas como personas jurídicas de derecho privado o personas naturales con negocio, y organizaciones públicas. No hay umbral de tamaño ni de emisiones. El formulario de solicitud pide RUC, dirección, código CIIU revisión 4, una breve descripción de las actividades y los datos de la persona que actúa como coordinadora de la gestión de emisiones ante la plataforma, y se acompaña de una declaración jurada firmada por el representante legal. El MINAM revisa y envía las credenciales de acceso, o comunica la no aceptación motivada, en un plazo máximo de cinco días hábiles.
La guía excluye del diploma y el sello a la organización que tenga pendiente el cumplimiento de una sanción o multa coercitiva del OEFA en un procedimiento administrativo sancionador, una sanción o medida correctiva del OSINFOR en materia forestal y de fauna silvestre, o una sentencia en primera instancia por delitos ambientales del Código Penal. El sello tampoco sustituye los compromisos de los instrumentos de gestión ambiental ni las obligaciones de la normativa ambiental.
Según el MINAM, a agosto de 2026 había 3.010 organizaciones inscritas: 2.058 habían medido sus emisiones, 779 las habían verificado mediante evaluación independiente, 171 habían demostrado una reducción efectiva y 78 alcanzaron el nivel Reducción+. Participan organizaciones de agricultura, minería, construcción, industria, servicios financieros y transporte. El embudo es revelador: la mayoría se queda en el primer nivel, y el salto a la verificación es donde se concentra el esfuerzo real.
No. El artículo 55 del Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático la define como gratuita y de carácter voluntario.
Un organismo de evaluación de la conformidad acreditado nacional o internacionalmente para la verificación de emisiones de GEI bajo la NTP ISO 14065:2016 o su equivalente actualizado.
Desde el año 2010, que es el periodo más antiguo admitido, en concordancia con el INFOCARBONO y las NDC del Estado peruano.
El MINAM envía las credenciales de acceso, o comunica la no aceptación de la solicitud, en un plazo máximo de cinco días hábiles desde la presentación.
Si quieres el paso a paso operativo, lee la guía práctica de Huella de Carbono Perú. Y si necesitas ordenar los datos de actividad y el inventario antes de subirlos, empieza por la solución de huella de carbono.
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