Fiscalidad verde
Paula Otero
Consultora en medio ambiente y sostenibilidad

El banco te va a pedir cuatro bloques: consumo de energía y emisiones de alcance 1 y 2, la actividad económica que financias y su encaje en la taxonomía de la UE, la exposición a riesgos físicos y de transición de tus activos, y objetivos de reducción con plan. No lo pide por convicción: se lo exige su propia regulación prudencial.
Porque la obligación es suya, no tuya. La revisión de la directiva de requisitos de capital, la Directiva (UE) 2024/1619, introdujo el artículo 87 bis: las entidades tienen que identificar, medir y gestionar los riesgos ambientales, sociales y de gobernanza, dotarse de planes específicos para los riesgos financieros derivados de esos factores a corto, medio y largo plazo, y tomar como referencia el objetivo de neutralidad climática de la UE en 2050. La misma norma habilitó a la Autoridad Bancaria Europea a concretar cómo se hace.
Las directrices de la Autoridad Bancaria Europea sobre gestión de riesgos ASG desarrollan esa obligación, y ahí es donde apareces tú. La entidad debe recoger y usar información suficiente para evaluar los riesgos ASG a los que se expone a través de sus contrapartes, con granularidad de cliente y de activo; a las contrapartes corporativas grandes tiene que pedirles sus emisiones de alcance 1, 2 y 3, actuales y previstas, junto con sus planes de transición; y esa evaluación forma parte del trabajo ordinario de la primera línea de defensa, es decir, de la incorporación del cliente, la solicitud de crédito y la revisión del crédito. Por eso la conversación llega hasta empresas que no tienen ninguna obligación propia de reportar.
A eso se suma, en España, la Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética, cuyos artículos 32 y 33 obligan a las entidades de crédito, aseguradoras y sociedades cotizadas a publicar un informe anual sobre el impacto financiero de los riesgos asociados al cambio climático, y a las entidades de crédito a publicar objetivos de descarbonización de su cartera de préstamo e inversión alineados con el Acuerdo de París. Sus objetivos de cartera se cumplen con tus datos.
| Bloque | Dato concreto | De dónde sale |
|---|---|---|
| Actividad | CNAE principal y desglose de ingresos por actividad | Cuentas anuales y contabilidad analítica |
| Energía | Consumo total en MWh por vector y porcentaje renovable con garantía de origen | Facturas de suministro |
| Emisiones | Alcance 1 y alcance 2 en tCO2e, con el método de alcance 2 indicado, e intensidad sobre facturación | Inventario de huella de carbono |
| Alcance 3 | Total y categorías incluidas, si lo tienes calculado | Inventario de huella de carbono |
| Objetivos | Año base, año objetivo, porcentaje de reducción y plan de inversiones asociado | Plan de reducción de emisiones |
| Activos | Ubicación de centros y almacenes, y certificado energético de los inmuebles | Escrituras, contratos de alquiler, certificados |
| Inversión | Destino concreto del crédito y criterio técnico que lo hace elegible | Memoria del proyecto y presupuestos |
| Cumplimiento | Autorizaciones ambientales, gestión de residuos, sanciones si las hay | Expediente ambiental de la empresa |
Dos avisos prácticos. Primero, la pregunta de la ubicación de los activos no es un trámite: sirve para cruzar tus centros con mapas de riesgo de inundación, sequía o incendio, y puede afectar a la valoración de la garantía. Segundo, el destino del crédito determina si la operación puede computar como alineada con la taxonomía, y eso se decide con criterios técnicos concretos, no con una declaración de intenciones. El marco general está explicado en qué es la taxonomía verde de la UE.
Por el ratio de activos verdes. El artículo 8 del Reglamento de taxonomía obliga a las entidades financieras a publicar qué parte de sus activos financia actividades alineadas con la taxonomía, y ese indicador es el llamado GAR, por sus siglas en inglés.
Aquí está la clave para una empresa mediana. El Reglamento Delegado (UE) 2026/73, de 4 de julio de 2025, que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2021/2178, excluye del cálculo de los indicadores de las entidades financieras, y por tanto del GAR, las exposiciones frente a empresas no obligadas a incluir información de sostenibilidad en su informe de gestión. Con una excepción expresa: las exposiciones frente a empresas que presentan voluntariamente sus indicadores de taxonomía con las plantillas del propio reglamento sí pueden incluirse. La norma se aplica desde el 1 de enero de 2026 y además reduce de forma importante el número de datos exigidos en las plantillas, tanto a empresas no financieras como a entidades financieras.
Traducido: si reportas de forma voluntaria y alineada, tu operación puede sumar al numerador de un indicador que el banco publica y que sus inversores miran. Eso es un argumento de negociación real, no un gesto de imagen. Lo mismo ocurre con las emisiones financiadas: el estándar PCAF para el sector financiero, cuya parte A va por su tercera edición de 2025, puntúa la calidad del dato de cada exposición, y las emisiones reportadas y verificadas por la empresa son el mejor escalón de esa escala, mientras que las estimaciones a partir de ingresos o activos son el peor. Un dato tuyo bien documentado mejora la puntuación de la cartera del banco. Esta lógica es la misma que empuja a los inversores, como se analiza en el artículo sobre el BCE, los inversores y los datos de sostenibilidad.
En el del estándar voluntario europeo de información de sostenibilidad, el que la Comisión adoptó el 3 de julio de 2026 a partir del VSME de EFRAG. Es el esquema hacia el que converge lo que piden clientes grandes, bancos y pliegos, y tiene una ventaja práctica: sus bloques básicos son consumo energético, emisiones de alcance 1 y de alcance 2 e intensidad sobre facturación, que es justo el núcleo de cualquier cuestionario bancario.
Prepararlo una vez con ese esquema te ahorra rellenar un formulario distinto por entidad. Si además añades la parte específica de cada operación, el destino del crédito y la mejora ambiental que financia, tienes cubierto casi todo lo que te van a preguntar sin volver a empezar cada vez.
Cambia que dejas de aportar datos para una evaluación y pasas a comprometerte contractualmente con un resultado. Los Principios de préstamos vinculados a sostenibilidad, actualizados el 26 de marzo de 2025, se estructuran en cinco componentes: selección de indicadores clave, calibración de los objetivos de desempeño, características del préstamo, reporte y verificación.
Dos exigencias merecen atención antes de firmar. La primera es la calibración: los objetivos deben ser ambiciosos, ir más allá del escenario tendencial y más allá de lo que ya te exige la normativa, lo que significa que no puedes usar como objetivo algo a lo que ya te obliga la ley. La segunda es la verificación: la revisión externa posterior a la firma por un revisor cualificado es obligatoria para cada objetivo y periodo de medición, y el reporte debe ser al menos anual. Es un coste recurrente que conviene presupuestar desde el principio, y una razón para elegir indicadores que puedas medir con tu sistema de datos actual.
La Directiva (UE) 2026/470, publicada el 26 de febrero de 2026 y en vigor desde el 18 de marzo de 2026, reduce el ámbito del reporte de sostenibilidad a las empresas con más de 1.000 empleados de media y más de 450 millones de euros de cifra de negocios neta, con primer ejercicio de reporte a partir del 1 de enero de 2027. El plazo de transposición para los Estados miembros termina en marzo de 2027.
Lo relevante para una empresa que busca financiación es el límite de la cadena de valor: una empresa sujeta a reporte no puede exigir a una empresa de su cadena con menos de 1.000 empleados de media más información de la que cubre el estándar voluntario, y esa empresa tiene derecho a negarse. El 3 de julio de 2026 la Comisión Europea adoptó los actos delegados con los ESRS revisados, que recortan los datos obligatorios en más de un 60%, y con el estándar voluntario para empresas más pequeñas, construido sobre el VSME de EFRAG y respaldado por la Recomendación (UE) 2025/1710.
Ojo con una confusión habitual: ese límite aplica a lo que te puede exigir un cliente sujeto a la CSRD, no a lo que te puede pedir un banco dentro de su análisis de riesgo de crédito. La entidad financiera puede seguir pidiendo lo que necesite para evaluar la operación. Lo que sí hace el estándar voluntario es fijar un lenguaje común que te ahorra rellenar diez cuestionarios distintos. El detalle del nuevo perímetro está en el análisis del paquete Ómnibus y el reporte ESG en 2026 y en la guía de estándares ESRS simplificados para pymes.
Si además tienes la huella verificada por un tercero o inscrita en el registro del MITECO, llévalo. No es obligatorio para una empresa privada, pero ahorra discusión sobre la fiabilidad del dato. Las obligaciones reales están resumidas en la guía sobre el registro de huella de carbono y el Real Decreto 214/2025, y cómo se estructura un plan defendible, en la guía de planes de reducción de la huella de carbono.
No hay ninguna norma que obligue a denegar crédito por ese motivo. Lo que sí ocurre es que, sin datos, la entidad tiene que estimar tu perfil con medias sectoriales, y una estimación conservadora rara vez juega a tu favor en el precio ni en el plazo. La falta de dato no bloquea la operación, la encarece.
Para una línea de circulante, normalmente no. Para un préstamo vinculado a sostenibilidad sí hay verificación externa obligatoria del cumplimiento de los objetivos después de la firma, según los principios del mercado actualizados en 2025. Para financiación de proyecto con etiqueta verde, dependerá del marco que use la entidad.
Con alcance 1 y 2 bien calculados se cubre la mayor parte de los cuestionarios de una pyme. El alcance 3 lo piden sobre todo a contrapartes corporativas grandes, que es lo que recogen las directrices de la Autoridad Bancaria Europea, y en sectores donde casi toda la emisión está en la cadena de valor. Si lo tienes, apórtalo aunque sea estimado, indicando el método.
En buena medida sí, y cada vez más, porque el contenido tiende a converger en el estándar voluntario europeo de información de sostenibilidad. Prepara un dosier único con ese esquema y adapta solo la parte específica de cada operación.
Tres cosas concretas: entrar en el cálculo del ratio de activos verdes de la entidad en lugar de quedar excluido, mejorar la puntuación de calidad del dato con la que el banco contabiliza tus emisiones financiadas, y poder negociar condiciones sobre hechos y no sobre supuestos. Además, el mismo dosier suele servir para concursos públicos y para clientes grandes.
La información que pide el banco es, casi punto por punto, la que ya necesitas para cumplir con tus propias obligaciones y para responder a tus clientes. Montarla una vez y mantenerla actualizada es lo que convierte el trámite en una ventaja. Para eso están el software de huella de carbono de Manglai y su enfoque para directores financieros, y si buscas apoyo público para las inversiones asociadas, aquí tienes las subvenciones para empresas sostenibles.
Paula Otero
Consultora en medio ambiente y sostenibilidad
Sobre el autor
Bióloga por la Universidad de Santiago de Compostela con máster en Gestión y Conservación del Medio Natural de la Universidad de Cádiz.
Tras colaborar en estudios universitarios y trabajar como consultora ambiental, ahora aplico mi experiencia en Manglai. Me especializo en dirigir proyectos de sostenibilidad enfocados en los Objetivos de Desarrollo Sostenible para empresas. Asesoro a clientes en medición y reducción de huella de carbono, contribuyo al desarrollo de nuestra plataforma y realizo formaciones internas. Mi experiencia combina rigor científico con aplicabilidad práctica en el ámbito empresarial.
Empresas que confían en nosotros

Fiscalidad verde
La fiscalidad ambiental se ha convertido en una de las principales palancas para que la industria reduzca sus emisiones. Combina instrumentos que pena ...

Fiscalidad verde
Los impuestos verdes varían mucho de un país europeo a otro. Finlandia fue, en 1990, el primer país del mundo en aprobar un impuesto al carbono; Norue ...

Fiscalidad verde
Los impuestos verdes (también llamados ecotasas o impuestos ambientales) buscan internalizar el coste de la contaminación para que quien contamina pag ...
Guiding businesses towards net-zero emissions through AI-driven solutions.
Producto y Precios
¿Por qué Manglai?
Funcionalidades
SQAS
GLEC
GHG Protocol
ISO-14046
ISO-14064
Certificación MITECO
CSRD
CSDDD
Pasaporte Digital de Producto
EINF
Planes
Clientes
Partners
Soluciones por rol
Alta dirección
Consultorías ambientales
Directores de calidad y medio ambiente
Directores de operaciones
Directores financieros
Directores generales
Gestores de la cadena de suministro
Responsables de RRHH
Responsables de sostenibilidad
Responsables de transportes
Soluciones gestores ESG
Soluciones para fondos de inversión
© 2026 Manglai. All rights reserved