Legislación y regulación
Paula Otero
Consultora en medio ambiente y sostenibilidad

El SFDR (Sustainable Finance Disclosure Regulation), en español Reglamento de Divulgación de las Finanzas Sostenibles, es el Reglamento (UE) 2019/2088. Obliga a los participantes de los mercados financieros y a los asesores financieros que operan en la Unión Europea a divulgar, de forma armonizada, cómo integran los riesgos de sostenibilidad y qué impactos negativos generan sus decisiones de inversión.
Su objetivo es doble: dar transparencia al inversor final y frenar el greenwashing en los productos financieros que se presentan como "verdes" o "sostenibles". Se aplica desde el 10 de marzo de 2021 y sus normas técnicas de detalle (los RTS) desde enero de 2023. En esta guía verás a quién obliga, cómo clasifica los productos, qué son las PIAS y cómo se relaciona con la taxonomía de la UE y la CSRD.
Antes del SFDR cada gestora describía sus fondos sostenibles con criterios propios, lo que hacía imposible comparar. El reglamento crea un lenguaje común de divulgación: obliga a publicar información a dos niveles, el de la entidad (la gestora o el asesor) y el del producto (cada fondo o mandato). La lógica es que el capital solo puede dirigirse a la transición si el inversor entiende de verdad qué hay detrás de cada etiqueta.
El SFDR forma parte del plan de finanzas sostenibles del Pacto Verde Europeo, junto con la taxonomía y las normas de reporte corporativo. Es una pieza pensada para conectar la información que publican las empresas con las decisiones de quienes las financian.
El SFDR se dirige a dos grandes grupos:
No obliga directamente a las empresas de la economía real, pero su efecto llega a ellas: para poder clasificar y divulgar sus productos, los fondos piden datos ambientales a las compañías en las que invierten, incluida la huella de carbono y sus emisiones de alcance 3.
El corazón práctico del SFDR es la clasificación de los productos según su ambición de sostenibilidad. Se conoce por los artículos del reglamento que la regulan.
| Categoría | Qué es | Nombre habitual |
|---|---|---|
| Artículo 6 | Producto que no promueve características de sostenibilidad ni tiene un objetivo sostenible. Debe indicar cómo integra (o por qué no) los riesgos de sostenibilidad. | Producto "gris" |
| Artículo 8 | Producto que promueve características ambientales o sociales, siempre que las empresas participadas sigan buenas prácticas de gobernanza. | Producto "verde claro" |
| Artículo 9 | Producto que tiene como objetivo una inversión sostenible medible (por ejemplo, reducir emisiones o contribuir a un objetivo ambiental). | Producto "verde oscuro" |
Es un error frecuente tratar los artículos 8 y 9 como "etiquetas" o sellos oficiales de calidad. No lo son: son categorías de divulgación. Un fondo del artículo 9 no es "mejor" por decreto, sino que asume obligaciones de transparencia más exigentes y debe demostrar que cumple su objetivo sostenible.
Las PIAS (en inglés PAI, Principal Adverse Impacts) son los impactos negativos que las decisiones de inversión pueden causar en factores de sostenibilidad: emisiones de gases de efecto invernadero, huella de carbono de la cartera, exposición a combustibles fósiles, consumo de agua, generación de residuos peligrosos, brecha salarial de género o vulneración de los principios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas, entre otros.
El SFDR define un conjunto de indicadores obligatorios de PIAS que las grandes gestoras deben publicar y explicar cómo los tienen en cuenta. Para el inversor, las PIAS son la parte que mira el "lado oscuro" de una cartera: no solo lo bueno que hace, sino el daño que puede estar financiando. La inversión socialmente responsable se apoya cada vez más en estos datos para filtrar y priorizar.
El SFDR no funciona solo. Se apoya en otras piezas del marco europeo:
Si quieres profundizar en cómo encaja todo, tienes una guía específica sobre la taxonomía verde de la UE.
El SFDR se diseñó como un régimen de divulgación, pero en la práctica el mercado empezó a usar los artículos 8 y 9 como etiquetas de producto, para lo que no estaban pensados. Por eso la Comisión Europea abrió una revisión.
El 20 de noviembre de 2025 la Comisión publicó su propuesta de reforma, conocida informalmente como SFDR 2.0. La propuesta plantea sustituir el régimen de artículos 8 y 9 por un sistema de categorías formales de producto (una categoría "sostenible", una de "transición" y una de "ESG básico" o fundamentos ESG), cada una sujeta a un umbral mínimo de cartera del 70 % y a exclusiones comunes, además de simplificar y acortar las divulgaciones. La propuesta también eliminaría la obligación de publicar las PIAS a nivel de entidad.
Es importante entender que, a mediados de 2026, esto es todavía una propuesta en negociación. El 24 de junio de 2026 el Consejo de la UE publicó su mandato de negociación para el SFDR 2.0, pero el texto final aún debe cerrarse en los diálogos a tres bandas entre Comisión, Consejo y Parlamento. Hasta que se apruebe, sigue vigente el régimen actual de artículos 6, 8 y 9. Conviene seguir el proceso, porque cambiará cómo se clasifican y comercializan los productos financieros sostenibles en Europa.
No de forma directa. El SFDR obliga a gestoras y asesores. Pero, para clasificar sus productos y calcular las PIAS, esas entidades piden datos de sostenibilidad a las empresas en las que invierten, así que el efecto indirecto sobre la economía real es muy real.
No necesariamente. Los artículos son categorías de divulgación, no un ranking de calidad. Un fondo del artículo 9 asume un objetivo de inversión sostenible y obligaciones de transparencia más estrictas, pero la calidad real depende de cómo lo cumpla y de los datos que lo respalden.
La taxonomía define qué actividades son sostenibles; el SFDR obliga a divulgar cómo un producto integra la sostenibilidad y qué parte está alineada con la taxonomía. Son complementarios: uno pone las definiciones y el otro, las reglas de transparencia.
Para que un fondo pueda clasificar sus productos o calcular las PIAS, necesita datos ambientales trazables de las empresas de su cartera. Con Manglai tu empresa mide y certifica su huella de carbono, incluido el alcance 3, y genera la información que inversores y financiadores te van a pedir bajo el marco de finanzas sostenibles.
Paula Otero
Consultora en medio ambiente y sostenibilidad
Sobre el autor
Bióloga por la Universidad de Santiago de Compostela con máster en Gestión y Conservación del Medio Natural de la Universidad de Cádiz.
Tras colaborar en estudios universitarios y trabajar como consultora ambiental, ahora aplico mi experiencia en Manglai. Me especializo en dirigir proyectos de sostenibilidad enfocados en los Objetivos de Desarrollo Sostenible para empresas. Asesoro a clientes en medición y reducción de huella de carbono, contribuyo al desarrollo de nuestra plataforma y realizo formaciones internas. Mi experiencia combina rigor científico con aplicabilidad práctica en el ámbito empresarial.
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